Rubén Pozo regresa a la carretera con la “Segunda Tanda 50town”, la continuación de una gira que ha recorrido salas de toda España demostrando que su hábitat natural sigue siendo el escenario. Con una trayectoria marcada por el rock, las letras directas y unas canciones que hablan sin artificios, el músico madrileño ofrece conciertos cercanos, intensos y cargados de verdad.
Su último trabajo ocupa un lugar central en un repertorio que también recorre diferentes etapas de su carrera. Acompañado por Los Chicos de la Curva —Charly Bastard a la guitarra y coros, Ángel Herranz al bajo y Loza a la batería—, Rubén Pozo presenta un directo sólido, contundente y sin rodeos: canciones, guitarras y puro rock ‘n’ roll.
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Política de menores
De acuerdo con la normativa vigente en Aragón sobre espectáculos públicos y actividades recreativas:
• MENORES DE 16 A 18 AÑOS
Pueden acceder al recinto durante el evento abonando la entrada correspondiente. Es obligatorio identificarse como menor de edad en el control de acceso, presentando DNI, pasaporte o documento oficial equivalente.
• MENORES DE 16 AÑOS
Pueden acceder únicamente acompañados por su padre, madre o tutor/a legal, abonando la entrada correspondiente. Los menores de hasta 6 años podrán acceder de forma gratuita, siempre acompañados por su responsable legal.
En todos los casos, el adulto acompañante deberá presentar y entregar en el control de acceso el formulario de autorización y responsabilidad parental, debidamente cumplimentado y firmado.
> La organización se reserva el derecho de solicitar documentación adicional que acredite la identidad y la relación entre el menor y su acompañante. El incumplimiento de estas condiciones podrá conllevar la denegación del acceso al recinto.
Devoluciones
Los asistentes tendrán derecho a la devolución total o parcial del importe abonado por las entradas solo en el supuesto de que el espectáculo o actividad recreativa sea suspendido o modificado sustancialmente, salvo en aquellos supuestos en que la suspensión o modificación se produjera una vez comenzado el espectáculo o actividad recreativa y fuera por causa de fuerza mayor. Todo ello sin perjuicio de las reclamaciones que fueran procedentes conforme a la normativa civil y mercantil de aplicación.


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