Cargando Eventos
ç

La Ratita Presumida en Huesca

domingo 8 de octubre de 2023

Lugar

CC Santaigo Escartín Otín
C. San Vicente de Paul, 69
Huesca

Horarios

Puertas: 11:30
Inicio: 12:00
Fin: 13:30

Los Titiriteros de Binéfar representarán La Ratita Presumida.
Como en el cuento clásico una ratita que está limpiando la puerta de su casa se encuentra una moneda y con ella se compra un lazo para acicalarse. Se produce a continuación el conocido desfile de personajes: un pato, el burro, el perro, el cerdito y el gallo. Todos adulan la Ratita y pretenden casarse con ella, pero la Ratita los rechaza por lo bulliciosos que anuncian ser por la noche. La astucia del gato, que le hace imaginar la respuesta que espera la Ratita, le permite casarse con ella y devorarla después.

Compra tus entradas

Política de menores

De acuerdo con la normativa vigente en Aragón sobre espectáculos públicos y actividades recreativas:


• MENORES DE 16 A 18 AÑOS

Pueden acceder al recinto durante el evento abonando la entrada correspondiente. Es obligatorio identificarse como menor de edad en el control de acceso, presentando DNI, pasaporte o documento oficial equivalente.


• MENORES DE 16 AÑOS

Pueden acceder únicamente acompañados por su padre, madre o tutor/a legal, abonando la entrada correspondiente. Los menores de hasta 6 años podrán acceder de forma gratuita, siempre acompañados por su responsable legal.


En todos los casos, el adulto acompañante deberá presentar y entregar en el control de acceso el formulario de autorización y responsabilidad parental, debidamente cumplimentado y firmado.


> La organización se reserva el derecho de solicitar documentación adicional que acredite la identidad y la relación entre el menor y su acompañante. El incumplimiento de estas condiciones podrá conllevar la denegación del acceso al recinto.


Devoluciones

Los asistentes tendrán derecho a la devolución total o parcial del importe abonado por las entradas solo en el supuesto de que el espectáculo o actividad recreativa sea suspendido o modificado sustancialmente, salvo en aquellos supuestos en que la suspensión o modificación se produjera una vez comenzado el espectáculo o actividad recreativa y fuera por causa de fuerza mayor. Todo ello sin perjuicio de las reclamaciones que fueran procedentes conforme a la normativa civil y mercantil de aplicación.